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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2017-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2017-S3

    Fecha: 08-Feb-2017

    II.2.

    II.2.  Cursa demanda contenciosa administrativa presentada el 5 de diciembre de 2014 por Rodolfo Brunner Díaz en representación de Valentina Villasboa Vásquez -hoy accionante-, impugnando la Resolución Administrativa citada precedentemente que fue pronunciada dentro del proceso de saneamiento del predio “LAURA” (fs. 40 a 47).  

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Declaración por no presentada la acción de amparo constitucional
    • I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
    • I.3. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. La acción de
    • esta jurisdicción no se constituye en un mecanismo de impugnación de la labor que efectúan los jueces y tribunales ordinarios; el Tribunal Constitucional Plurinacional no puede inmiscuirse en esa labor particular, al estar compelido al cumplimiento de funciones diferentes
    • III.2.   Análisis del caso concreto
    • este Tribunal a través de las diversas acciones tutelares no puede realizar una nueva valoración de la prueba sobre la problemática de fondo que motivó la decisión judicial o administrativa impugnada
    • REVOCAR

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