SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2017-S3
Fecha: 08-Feb-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante a través de su representante refiere que se lesionaron sus derechos al debido proceso en sus vertientes de tutela judicial efectiva, transparencia y congruencia; a la defensa y a la propiedad privada; toda vez que, en la sustanciación del proceso de saneamiento simple del predio “LAURA”, se dictó la RA-SS 0357/2013 de 4 de marzo, contra la cual interpuso demanda contenciosa administrativa que fue resuelta por la Sentencia Agroambiental Nacional S1ª 87/2015 de 15 de octubre, fallo agrario que omitió pronunciarse sobre los argumentos expuestos en la demanda, así como de incurrir en una errónea valoración de la prueba; sumado al hecho que desde el inicio del proceso no tuvo conocimiento del mismo, viéndose impedida de apersonarse como subadquiriente del predio debido a la falta de publicidad de las Resoluciones Administrativa e Instructiva en un medio de circulación nacional, incurriéndose además en la falta de acumulación física de ocho resoluciones administrativas que no cursaban en la carpeta del proceso, transgrediendo toda norma procedimental.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Declaración por no presentada la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- I.3. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de
- esta jurisdicción no se constituye en un mecanismo de impugnación de la labor que efectúan los jueces y tribunales ordinarios; el Tribunal Constitucional Plurinacional no puede inmiscuirse en esa labor particular, al estar compelido al cumplimiento de funciones diferentes
- III.2. Análisis del caso concreto
- este Tribunal a través de las diversas acciones tutelares no puede realizar una nueva valoración de la prueba sobre la problemática de fondo que motivó la decisión judicial o administrativa impugnada
- REVOCAR