SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2017-S2
Fecha: 06-Feb-2017
i)
Los accionantes, solicitan la tutela de sus derechos a la libertad y seguridad personal, aduciendo por una parte que: i) Las autoridades demandadas a su turno, vulneraron la garantía del non bis in ídem; puesto que, en el caso de la ex Jueza Primera de Sentencia Penal, pese a tener evidencia documentada que se estaba lesionando tal garantía, emitió la Sentencia 02/2014; a su vez, el Juez Primero de Sentencia Penal de Yacuiba, consumando tal vulneración, expidió en su contra los mandamientos de condena 02/2016 y 03/2016; los Vocales demandados, al resolver la apelación incidental; y finalmente, las Magistradas del Tribunal Supremo de Justicia por evitar ingresar al fondo del asunto; en suma, consideraron erróneamente contra toda legislación, doctrina y jurisprudencia, la prohibición de doble juzgamiento; y, ii) Por otro lado, solicitada extinción de la acción penal por prescripción ante las Magistradas demandadas y el Juez Primero de Sentencia Penal, antes de la emisión del Auto Supremo 708/2015-RA, estas no fueron tramitadas, limitándose respectivamente a señalar que debía estarse a lo determinado en el referido Auto Supremo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- i)
- III.1. La acción de libertad y el debido proceso
- III.2. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- denegar
- CONFIRMAR en todo