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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2017-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2017-S1

    Fecha: 15-Feb-2017

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • 1)
    • “concedió”
    • II.1
    • II.2
    • II.3.
    • II.4
    • II.5
    • II.6
    • II.7
    • II.8
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los          valores que sustenta el Estado boliviano
    • Fragmento 19
    • III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • Fragmento 21
    • III.3.
    • la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo. En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas.
    • III.4.  Sobre la naturaleza de las medidas precautorias
    • 1) La verosimilitud del derecho; 2) Peligro en la demora;                         3) Contracautela; 4) Mejora de la caución; y, 5) Exención de la contracautela.
    • Fragmento 26
    • III.5
    • Fragmento 28

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