SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0052/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0052/2017-S2

Fecha: 06-Feb-2017

causa petendi

De lo precisado en el memorial de acción de libertad y en la audiencia de garantías, se advierte que el accionante señala como la causa petendi de su demanda constitucional: a) La retardación de justicia por parte del Tribunal de alzada en la tramitación de su recurso de apelación contra la Resolución 309/2016, emitida por la Jueza Décima Tercera de Instrucción Penal del departamento de La Paz, que rechazó su pedido de cesación a la detención preventiva; y, b) La falta de fundamentación de la citada Resolución así como de la 223/2016, emitida por el Tribunal ad quem; ya que por dichos motivos, se hubieran vulnerado sus derechos de acceso a la justicia, y al debido proceso en sus elementos de defensa y fundamentación de las resoluciones. Razones por las que en su petitum solicitó se restablezcan las conculcaciones al debido proceso, “correspondiendo la libertad del accionante” (sic) ante la falta de motivación y fundamentación de las referidas determinaciones y de elementos materiales y formales coligiéndose de ello, que la problemática denunciada en el presente mecanismo de defensa constitucional, se centra principalmente en denunciar la retardación en la tramitación del recurso de apelación presentado y la falta de fundamentación de las resoluciones pronunciadas en primera y segunda instancia, por lo que corresponderá dilucidar estos aspectos.