SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2017-S3
Fecha: 24-Feb-2017
1)
El accionante a través de su representante ratificó el contenido de su memorial de acción de libertad, y ampliándolo refirió que: 1) El Ministerio Público introdujo en apelación nuevos elementos como el acta de recepción del dron, respecto del cual el Ministerio Público sostiene que su defendido firmó el mismo y fue escritorio por escritorio -se entiende a hacer firmar-, lo que no es evidente, además de ser un aspecto relativo al hecho y no al instituto de obstaculización; 2) Respecto de que se hubiera pretendido modificar el bien precintado, y que eso daría lugar al riesgo procesal del numeral 1 del art. 235 del CPP, esa parte de la Resolución está sin fundamentación, y es un hecho nuevo; 3) El Vocal -Victoriano Morón Cuellar- afirmó de forma totalmente subjetiva y sin fundamentación que su defendido hizo firmar el acta, lo que sería un riesgo de influir en esas personas; 4) La SCP 0295/2012, establece la imposibilidad de considerar nuevas pruebas en apelación incidental, y que el Tribunal de alzada tiene competencia únicamente para revisar cuestiones de derecho y no de hecho, en el caso, se han considerado aspectos de hecho en relación al peligro de obstaculización; y, 5) Por su parte, la SCP 0339/2012 de 18 de junio hace referencia a la obligación de fundamentar y motivar las resoluciones que dispongan, modifiquen o mantengan una medida cautelar.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la obligación del juzgador de fundamentar y motivar las resoluciones judiciales que dispongan, modifiquen o mantengan una medida cautelar. Jurisprudencia reiterada
- En ese sentido, se ha establecido que el Tribunal de apelación, está obligado a motivar y fundamentar su Resolución, precisando los elementos de convicción que le permiten concluir en la necesidad de revocar las medidas sustitutivas y aplicar la detención preventiva
- Fragmento 13
- b)
- 3)
- 6)
- REVOCAR