SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2017-S3

Fecha: 24-Feb-2017

a)

Solicita se conceda la tutela, y en consecuencia: a) Se deje sin efecto el contenido del acta de audiencia de apelación de medidas cautelares de 18 de noviembre de 2016, así como el mandamiento de detención preventiva de la misma fecha, librado por los Vocales demandados; y, b) Se mantenga subsistente su libertad de locomoción en cumplimiento del Auto de 29 de agosto de igual año, pronunciado por la Jueza de primera instancia.

a)    Con relación al riesgo procesal establecido en el numeral 1 del art. 235 del CPP, el Fiscal de Materia señaló que en la audiencia de 29 de agosto de 2016, habían manifestado que en el caso se habrían fraguado documentos, como el acta de recepción del dron y el camión, que data de 26 de diciembre de 2014, el cual está firmado por varios funcionarios municipales, cuando posteriormente la Aduana Nacional de Bolivia (ANB) certificó que dicho aparato entró al país el 9 de enero de 2015, y este extremo nunca fue negado por el ahora accionante.

Así, señaló que la Jueza de primera instancia no valoró estos hechos concretos, y que en una anterior apelación, este mismo Tribunal de alzada determinó que estos dos aspectos constituían la concurrencia de este riesgo procesal, y que lo único que presentó el procesado para desvirtuar el mismo, fue un comprobante de pago realizado por Paúl Cuellar Bejarano al Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz por el monto de Bs3 700 000.- (tres millones setecientos mil bolivianos), lo que no desvirtúa tal riesgo, y al contrario, significa la aceptación de la comisión del delito; y,