SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0102/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0102/2017-S2

Fecha: 20-Feb-2017

quien altero el acta de votación 4

El 5 de junio de 2015, se llevó a cabo las elecciones estudiantiles dentro de la UABJB, para la votación de los dirigentes estudiantiles de todas la facultades; además, de las nombramientos de ejecutivos de la FUL, por lo que a la conclusión de dicho acto eleccionario el Comité Electoral, públicamente hizo  conocer que en el computo preliminar de los votos, la mayor cantidad de puntos obtuvo el frente “REU”, calculo que al día siguiente fue modificado por el Presidente del Comité Electoral, quien altero el acta de votación 4, que corresponde a la carrera de enfermería, aumentando la cantidad de votos del frente “Unidos por la U”, de ciento cuarenta y dos a ciento noventa dos, por lo que estos extremos fueron de su conocimiento el 6 de junio de 2015, siendo denunciados ante el Comité Electoral, quienes en cumplimiento del art. 10 inc. f) del Reglamento del Comité Electoral para Claustros Universitario de la UABJB, remitieron antecedentes ante el Tribunal de Honor de Justicia Estudiantil, esta instancia emitió la Resolución 03/2015 de 7 de junio, anulando la modificación del acta de votación 4, y confirmó el computo original de ciento cuarenta y dos votos, para el frente “Unidos por la U” y ciento cuarenta y siete votos, para el frente “REU”, razón por la cual en el cómputo general la votación obtenida por el frente “REU”, fue superior a los votos obtenidos por el frente “Unidos por la U”.