DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2017

Fecha: 28-Mar-2017

numeral 25

La DCP 0179/2015, con referencia a la disposición analizada, falló en el siguiente sentido: “El texto del numeral 25 del art. 34, no fue modificado conforme se estableció en la DCP 0005/2015, que indicó: 'El art. 34 que versa sobre las atribuciones del alcalde en su numeral 25, señala: «Ordenar la demolición de inmuebles que no cumplan con las normas de servicio básicos de uso de suelo, subsuelo y sobresuelo, normas urbanísticas y normas administrativas especiales, por si mismo o en coordinación con autoridades e instituciones del nivel central del Estado y departamentos», del cual se puede advertir que la frase: «…por si mismo o en coordinación con autoridades e instituciones del nivel central del Estado y departamentos», es incompatible; toda vez que, al ser competencia exclusiva, no puede coordinar con otros niveles para ejercer su competencia exclusiva, aspecto que estaría en contra del principio de independencia y separación de órganos contenido en los art. 12,272 y 283 de la CPE’; en ese entendido, el numeral mantuvo el mismo contenido sin variación alguna en razón a la observación realizada en la declaración primigenia; en consecuencia, se mantiene la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado, de la frase observada: ‘por sí mismo ó con la cooperación de las autoridades nacionales centrales, departamentales y reguladoras’.