SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2017-S3
Fecha: 06-Mar-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante denuncia la lesión de sus derechos a la libertad, a la defensa, a ser oído, al debido proceso y a un recurso efectivo, toda vez que, dentro del proceso penal seguido en su contra, tras disponerse la anulación de la ilegal orden de aprehensión y ante la solicitud de corrección de la parte denunciante, la autoridad judicial hoy demandada repuso obrados, restableciendo la vigencia de dicho mandamiento a través de una simple providencia, y ante la presentación de memoriales por los que solicitó vía control jurisdiccional se deje sin efecto el referido mandamiento, la referida autoridad judicial demandada rechazó el mismo imprimiendo trámite incidental, provocando de esta forma un grave riesgo a su libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- Fragmento 6
- i)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- III.2. Apelación incidental sobre resoluciones que resuelven incidentes
- resoluciones que resuelvan incidentes
- cuyo trámite y medios de impugnación admitidos se equiparan a las excepciones
- III.3. Análisis del caso concreto
- por lo que ante la presentación de prueba se tiene que una de las partes controvirtió con documentación la solicitud deducida por el ahora accionante, extremo que amerita la tramitación de la pretensión deducida en la vía incidental