Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2017-S1
Fecha: 09-Mar-2017
II.2.
II.2. El Director Departamental de DIPROVE de Chuquisaca, mediante Memorando Stría. Gral. DDDCH. 0021/2015 (2016) de 4 de febrero, sancionó a Tomás Huanca Eraña, Investigador de DIPROVE, con tres días de arresto, por haber incurrido en la falta prevista en el art. 10.3 de la LRDPB, por inasistencia a la formación de acuartelamiento de la guarnición de 4 de febrero de 2016 (fs. 7).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- III.
- III.1. Sobre el nuevo contexto constitucional desde una visión plural
- III.2. Sobre la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre los elementos del debido proceso
- la fundamentación o motivación de las resoluciones judiciales
- III.4. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR en parte
- 1º CONCEDER