Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2017-S1
Fecha: 09-Mar-2017
II.7.
II.7. Cursa Memorando D.E.S. 3630/2016 de 20 de octubre, emitido por el Director Nacional de Personal de la Policía Boliviana, dirigido a Tomas Huanca Eraña, mediante el cual se le hace conocer que de conformidad a la Resolución 067/2016 de 4 de mayo, pronunciada por el Tribunal Disciplinario Superior de la entidad referida, es sancionado con retiro temporal de la institución Policial, con pérdida de antigüedad y sin goce de haberes de tres meses, por haber transgredido lo previsto en el art. 12 de la LRDPB (fs. 165).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- III.
- III.1. Sobre el nuevo contexto constitucional desde una visión plural
- III.2. Sobre la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre los elementos del debido proceso
- la fundamentación o motivación de las resoluciones judiciales
- III.4. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR en parte
- 1º CONCEDER