SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0164/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0164/2017-S1

Fecha: 10-Mar-2017

el condenado favorecido con perdón judicial

A su turno la SCP 0424/2015-S1 de 4 de mayo señaló que, “…el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal y cautelar -ahora demandado- no se pronunció de forma expresa ni textual, sobre la solicitud del accionante para la aplicación del beneficio del perdón judicial, por lo que no podía emitirse el mandamiento de libertad que alega el accionante hubiese sido incumplido, la jurisprudencia constitucional descrita en el Fundamento Jurídico III.3 del presente fallo expresa que, no es constitucionalmente justificable, que el condenado favorecido con perdón judicial deba continuar privado de su libertad; empero en el caso de análisis, el accionante no fue favorecido con dicho beneficio, tal cual se estableció precedentemente, la autoridad demandada omitió pronunciarse sobre dicha solicitud y la parte accionante consintió dicho actuar, simplemente se avocaron a solicitar se emita el mandamiento de libertad, sin estar dispuesto el perdón judicial por el Juez demandado.

Consecuentemente, este Tribunal Constitucional Plurinacional, no advierte vulneración alguna a los derechos reclamados como lesionados por el accionante, más al contrario, la negligencia de sus abogados, hizo que se vaya dilatando la consideración del beneficio del perdón judicial, por lo que corresponde denegar la tutela solicitada”