Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0164/2017-S1
Fecha: 10-Mar-2017
II.5.
II.5. Por memorial de 20 de octubre de 2016, Germán Luna Quispe interpone recurso de reposición contra la providencia de 18 de similar mes y año, por haber cercenado los alcances de la Sentencia 012/2016, en perjuicio de sus intereses, más aun considerando que para la emisión del mandamiento de libertad en virtud de la concesión del beneficio del perdón judicial, no requiere que dicha Sentencia se encuentre ejecutoriada; pidiendo en consecuencia se revoque la determinación cuestionada y se libre el mandamiento extrañado. Respecto a la impugnación, la autoridad jurisdiccional observó el cumplimiento del art. 402 del CPP, en cuanto al plazo para interponer el mismo (fs. 15 a 18).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- de ninguna manera se justifica que el favorecido por el perdón judicial siga privado de su libertad hasta que se ejecutorié la condena que le fue impuesta
- el condenado favorecido con perdón judicial
- 1)
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR