Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0168/2017-S2
Fecha: 06-Mar-2017
II.1.
II.1. Cursa Acta Notarial de la Asamblea Ordinaria de Socios de COSETT Ltda. de 30 de junio de 2016, en la que se establece entre otras cosas, que los ahora demandados, Carlos Eduardo Morales Alcoreza, Ninfa Olarte Guevara, José Luís Patiño Añazgo, Wilner Gaid Velasco Vargas y Juan de Mata Suárez Mamani, fueron elegidos como miembros de la Junta Electoral 2016 de COSETT Ltda. Asimismo, se dejó constancia la suspensión de los Consejeros Prorrogados (Javier Bravo Handam y Rosario Peñarrieta), al igual que a los Consejeros de Administración y al Gerente General (fs. 15 a 32 vta.).
- acción de amparo constitucional
- a)
- i)
- I.1.3. Petitorio
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La garantía del debido proceso, su alcance y protección
- III. Principio de Participación
- Artículo 17.- (DE LOS MIEMBROS DE LOS CONSEJOS DE ADMINISTRACIÓN Y DE VIGILANCIA).-
- Fragmento 15
- III.4. Análisis en el caso concreto
- III.4.1.
- CONFIRMAR en parte