SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0179/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0179/2017-S3

Fecha: 13-Mar-2017

II.4.

II.4.  Por nota de 19 de septiembre de 2016, entregada el 19 de octubre del citado año, Osvaldo Jervert Concha Flores, Secretario General; y, Edwin Torrico Aldana, miembro de la Comisión Legal, ambos de Oruro Royal Club, dieron respuesta a la nota de 6 de igual mes y año, ratificando la Resolución 02/2016, con el siguiente argumento: a) Ninguno de los dirigentes involucrados fueron objeto de sanción alguna; sino que se les concedió licencia indefinida, conforme el art. 8 inc. e) del Estatuto del Club; b) Infringió tanto el art. 32 inc. c) del Estatuto, que determina que está prohibido provocar asuntos personales deshonrosos o despresivos a la dignidad de las personas, así como el art. 35 al haber convocado a Asamblea, sin cumplir con los requisitos señalados en el citado artículo; y, c) Convocó a entes ajenos y desconocidos por su Estatuto (fs. 22 a 23).