SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0179/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0179/2017-S3

Fecha: 13-Mar-2017

improcedente

El Juez Público de la Niñez y Adolescencia Segundo de la Capital del departamento de Oruro, constituido en Juez de garantías, por Resolución 05/16 de 29 de diciembre de 2016, cursante de fs. 163 a 167 vta., declaró “improcedente” la acción de amparo constitucional, en mérito a los siguientes fundamentos: i) El ahora accionante fue electo como Primer Vicepresidente del Oruro Royal Club, para la gestión 2016-2017 y luego asumió la Presidencia por sucesión en vista de la renuncia efectuada por el Presidente; ii) La Resolución 02/16 ahora impugnada, no constituye una medida de hecho, por cuanto fue sustentada por normativa de su Estatuto y además que no concurren los prepuestos previstos en la SCP 0998/2012 de 5 de septiembre, para considerar dicha Resolución como una medida de hecho; y, iii) El accionante debió acudir en primera instancia ante el Tribunal de Disciplina Deportiva de la AFO, para que sea puesto a su conocimiento y se pronuncie sobre una presunta arbitrariedad e ilegalidad de la decisión asumida por los miembros de la Directiva del citado Club, y en su caso recurrir en grado de apelación ante el Tribunal Superior de Disciplina Deportiva de la FBF, de lo que se infiere que el accionante no agotó los medios idóneos a su alcance, y en caso de persistir la vulneración de sus derechos recién acudir a la justicia constitucional.