Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0192/2017-S2
Fecha: 13-Mar-2017
II.3.
II.3. Por Decreto de 10 de noviembre de 2016, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, observando falta de piezas importantes para valorar los argumentos fácticos de las partes como la imputación formal o en su defecto la acusación formal contra el imputado, dispuso la devolución de obrados la Juzgado de origen (fs. 26).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y su naturaleza jurídica
- celeridad
- III.3. La celeridad con la que se deben remitir antecedentes al tribunal de alzada en el trámite de cesación a la detención preventiva
- III.4.
- CONFIRMAR en todo