SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0213/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0213/2017-S2

Fecha: 15-Mar-2017

Resolución de 28 de septiembre de 2010, emitida dentro del referido amparo constitucional fue cumplida en los puntos determinados

Antecedentes de los que se colige que la acción penal iniciada contra José Magela Bernardes, por la presunta comisión del delito de desobediencia a a resoluciones en procesos de “habeas corpus” y amparo constitucional, previsto en el art. 179 bis del CP, fue aperturada a denuncia verbal de Karen Marlene Turner Hamel y no por la remisión de antecedentes por parte del Tribunal de garantías mediante resolución fundamentada; es decir, el Ministerio Público inició investigación penal contra el accionante por la presunta comisión del mencionado delito, sin que previamente se hubiera verificado por parte del Tribunal de garantías, el posible incumplimiento de la Resolución de 28 de septiembre de 2010, emitida dentro la acción de amparo constitucional presentada por la denunciante contra la empresa “BG Bolivia Corporation Sucursal Bolivia” y sin que éste hubiera remitido antecedentes para el respectivo procesamiento penal; lo que es corroborado por el escrito presentado por Karen Marlene Turner Hamel mediante el cual recién denunció ante la Sala Penal Primera de la “Corte Superior” -Tribunal de garantías-, que dicha Resolución fue incumplida por la parte demandada y que por dicho motivo, solicitó la remisión de antecedentes ante el Ministerio Público para el respectivo procesamiento; es decir, después de ocho días de haber interpuesto la denuncia verbal ante el Ministerio Público por el delito mencionado, recién acudió al Tribunal de garantías haciendo conocer el presunto incumplimiento solicitando se determine iniciar proceso penal; no obstante, este Tribunal mediante la Resolución de 4 de enero de 2011, señaló que la Resolución de 28 de septiembre de 2010, emitida dentro del referido amparo constitucional fue cumplida en los puntos determinados.