SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0220/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0220/2017-S3

Fecha: 24-Mar-2017

II.4.

II.4. Por oficio 12/16 presentado el 5 de abril de 2016, la hoy accionante, remitió ante el Juez Público Mixto Primero de Riberalta del departamento de Beni el cuaderno de control jurisdiccional por excusa (fs. 14); sin embargo, la citada autoridad judicial emitió el Auto 4/2016 de 8 de igual mes y año, ordenando la remisión de la causa ante la primera nombrada para que  remita el expediente a la autoridad llamada por ley, conforme a la Circular de Sala Plena 03/2016 de 8 de abril que estableció el régimen de suplencias, determinando que en caso de excusa y recusación o cualquier otro impedimento de la autoridad judicial pasará a conocimiento del siguiente en número de la materia y por impedimento de todos, pasara a materia civil y comercial y familia, en ese orden (fs. 14 vta.); dándose cumplimiento a ese fallo el 18 de igual mes y año, a través de un oficio de remisión del cuaderno de control jurisdiccional por excusa a la hoy accionante (fs. 15).