SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0223/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0223/2017-S3

Fecha: 24-Mar-2017

1)

Fidel Alejandro Castro Martínez, Fiscal Departamental de Potosí mediante memorial presentado el 4 de enero de 2017, cursante a fs. 165 y vta., se apersonó e informó: 1) El art. 39 inc. f) de la Ley General de Aduanas (LGA) dispone que el Presidente Ejecutivo de la ANB como Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE), tiene entre sus atribuciones el de representar judicialmente o extrajudicialmente a su institución, por lo que puede otorgar poder para que lo represente judicialmente; 2) Al analizar la falta de poder en la presentación de la impugnación, emitió la Resolución Jerárquica a Impugnación de Resolución de Sobreseimiento de 21 de diciembre de 2015, por la cual otorgó un plazo de cuarenta y ocho horas al impugnante; 3) La solicitud de ampliación del plazo para subsanar la observación fue dispuesta por el Fiscal Departamental de Potosí en suplencia legal; 4) Emitió la Resolución FDP-S/FACM 004/2016, al verificar los antecedentes del cuaderno investigativo, entre los que no se encontraba el memorial de solicitud de ampliación de plazo y tampoco la determinación de la referida autoridad fiscal, extremo que la entidad querellante y la parte accionante reconoció en dos acciones de amparo constitucional “…que ya se llevaron a cabo…” (sic); y, 5) Tiempo después las abogadas de la entidad querellante le hicieron conocer de la existencia de dicho memorial, ante lo cual les indicó que le hagan llegar una copia, lo que no ocurrió “a la fecha”.