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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0235/2017-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0235/2017-S2

    Fecha: 20-Mar-2017

    II.13.

    II.13.  Por Auto de 21 de septiembre de 2015, el juez de la causa, resolvió anular obrados hasta fs. “251”, “…deja sin efecto el párrafo Segundo y Tercero del Auto 9 de septiembre de 2015 (…), modifica y enmienda el referido Auto…” (sic), disponiendo la admisión de la tercería para su tratamiento como incidente de puro derecho (fs. 242 vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • II.2.
    • II.6.
    • II.12.
    • II.13.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.  El derecho al debido proceso y el derecho a la defensa
    • Tercería coadyuvante,
    • Tercería de derecho preferente,
    • tercerista
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • a)
    • CONFIRMAR en todo

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