Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0236/2017-S1
Fecha: 28-Mar-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega que las autoridades demandadas vulneraron sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral, al debido proceso y al juez natural en su elemento competencial, al retirarlo de su fuente laboral sin justificación alguna, hecho que fue denunciado ante la Jefatura Departamental del Trabajo Empleo y Previsión Social de Cochabamba, que emitió la Conminatoria MTEPS/JDTCBBA/177/2016, que conminó al Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo del citado departamento, a su reincorporación al último cargo que desempeñaba sus funciones y demás derechos sociales que correspondan a la fecha de su restitución; sin embargo, el empleador no cumplió, pese a su notificación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 14
- III.2.De la acción de amparo constitucional
- Fragmento 16
- III.3.De los funcionarios de carrera y provisionales en la administración pública
- Fragmento 18
- III.4.Análisis del caso concreto
- GENDARME XXXIV a.i.,
- CONFIRMAR