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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0241/2017-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0241/2017-S3

    Fecha: 27-Mar-2017

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • I.2.3. Participación del tercero interviniente
    • concedió en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • Artículo 239. (Cesación de la Detención Preventiva).
    • todo administrador de justicia en ejercicio de sus funciones, se encuentra constreñido a observar los indicados principio, evitando dilaciones indebidas o innecesarias que sólo generen perjuicio al derecho a la vida o la libertad de los procesados
    • busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos’
    • todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: tramitadas, resueltas
    • características de la apelación incidental presentada contra resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares
    • III.5.  Otras consideraciones
    • 1°  CONFIRMAR en parte

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