Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0252/2017-S3
Fecha: 27-Mar-2017
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 04/2017 de 31 de enero, cursante de fs. 92 a 94, pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Segundo de la Capital del departamento de La Paz; y en consecuencia, DENEGAR la tutela impetrada.
- Fragmento 1
- I.
- 1)
- Fragmento 4
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- Vencido el plazo, de oficio o a instancia de parte, la autoridad judicial aprobará la liquidación de la asistencia familiar, intimando al pago dentro del tercer día
- III.2. Análisis del caso concreto
- 14 de noviembre de 2016
- no eran a cuenta de asistencia familiar, sino por el contrario eran pagos de cuotas de préstamo de dinero a la entidad financiera ‘INVERSIONES PIRAI S.A.’
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- CONFIRMAR