Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0255/2017-S3
Fecha: 03-Abr-2017
II.1.
II.1. Cursa informe de inicio de investigación, imputación formal y solicitud de aplicación de medidas cautelares de 13 de diciembre de 2016, emitido por Víctor Javier Iporre Téllez, Fiscal de Materia, mediante el cual solicitó detención preventiva de Rosario Bustamante Porrez y Luis Gonzalo Mamani Guevara y la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva a favor de Limberth Camiño Mamani -ahora accionante- (fs. 3 a 7).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.1.3. Petitorio
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- Fragmento 11
- III.1. Sobre la obligación del juzgador de fundamentar y motivar las resoluciones judiciales que dispongan, modifiquen o mantengan una medida cautelar. Jurisprudencia reiterada
- la primera, es cuando el beneficiado con las medidas sustitutivas se encuentra ya con detención preventiva y consecuentemente, la autoridad judicial a cargo no puede librar mandamiento de libertad sin que anteriormente el beneficiado haya demostrado el cabal cumplimiento de las mismas, por lo que éste se mantendrá detenido en tanto no cumpla con lo dispuesto por el juez de la causa, en ese sentido están dirigidas varias sentencias constitucionales como la SC 1194/2011-R de 6 de septiembre;
- III.3. Análisis del caso concreto
- ii)
- PROCEDENTE PARCIALMENTE
- iii)
- la segunda,
- iv)
- REVOCAR