SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0300/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0300/2017-S1

Fecha: 12-Abr-2017

i)

Juan, Esteban y Máximo Zarcillo Gonzales; y, Zunniger y Vladimir Daza Zarcillo a través de su abogado, expresaron que: i) La parte accionante indica que presentaron un acta de declaración voluntaria notarial, suscrita por Juan Parina Real y la demanda que se presenta está firmada por los esposos Juan Parina Real y Julia Tamarez Orellana; ii) Con referencia al pago de luz la boleta establece con precisión la ubicación exacta del inmueble, que cuenta con un medidor, y de los cinco años, porque tiene que existir una posesión libre y continua; sobre los impuestos, ellos están cancelando de todo ese sector, tienen las fotocopias legalizadas del pago, los cuales podían haber sido recabados del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, por los accionantes mediante orden judicial; iii) De acuerdo al folio real que adjuntan en la demanda, se establece que los últimos propietarios serian Pastor y Pedro Zarcillo, pero demandan a otras diecisiete personas, las cuales han hecho una renuncia, reconocimiento de mejor derecho propietario a favor de los últimos propietarios ya mencionados; iv) Se menciona sobre una transferencia de inmueble, que se había adquirido de Juan Rodríguez Soliz, ubicado por ese sector, que se le pago $us300.- (trescientos dólares estadounidenses), pero no se le citó como tercero interesado en la aludida demanda; y, v) El Tribunal de alzada vio por conveniente anular obrados hasta la admisión de la demanda porque no se cumplió con los requisitos que establece la Ley de Regularización del Derecho Propietario Sobre Bienes Inmuebles Urbanos destinados a Vivienda.