Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0303/2017-S1
Fecha: 12-Abr-2017
II.3.
II.3. Por memorial presentado el 8 de marzo de 2016, por parte de Juan Pablo Sánchez Orsini, representante legal de la empresa TELECEL S.A., dentro de la demanda contenciosa administrativa planteada contra la RM 136, solicitó se ordene a la ATT para que se abstenga de ejecutar la sanción impuesta contra la referida empresa, en tanto no haya causado ejecutoria o no admita recurso ulterior el citado proceso contencioso que se encuentra en pleno trámite (fs. 173 a 175 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- en tanto que la misma no haya estado o no admita recurso ulterior, es decir, se encuentra ejecutoriada
- no ha lugar a lo solicitado, toda vez que la demanda contenciosa administrativa no suspende la ejecución
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La función de los derechos fundamentales y su protección por medio de la acción de amparo constitucional en el estado plurinacional
- III.2. De la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional que cuestiona un decreto que rechaza la solicitud de medida precautoria dentro de un proceso contencioso administrativo
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR