Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0306/2017-S3
Fecha: 12-Abr-2017
II.4.
II.4. Cursa Hoja de Ruta DDLP HRE 10534/2016 de 10 de noviembre de la Dirección Departamental del INRA-La Paz, con referencia al memorial de solicitud de fotocopia legalizada presentada por la ahora accionante, en cuya parte in fine consta diligencia de 11 de noviembre de 2016 de entrega de fotocopia simple en mano propia de Flavio Alcides Misto Segarra, Abogado de la hoy accionante, quien firma al pie de la constancia de entrega de 5 de octubre de igual año sobre la RS 13940 (fs. 42).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia consolidada sobre el derecho de petición
- a) La respuesta no se pone en conocimiento del peticionario; b) Se presenta la negativa de recibirla o se obstaculiza su presentación; c) Habiéndose presentado la petición respetuosa, la autoridad no la responde dentro de un plazo razonable; y, d) La solicitud no es atendida de manera clara, precisa, completa y congruente con lo solicitado.
- está en la obligación de absolver las inquietudes planteadas de manera formal y fidedigna
- III.2.
- fotocopia legalizada de la notificación con la RS 13940, misma que alega habérsele entregado el 5 de octubre de 2016
- CONFIRMAR