Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0323/2017-S1
Fecha: 12-Abr-2017
II.5.
II.5. Memorial de 2 de diciembre de 2016; a través del cual, Adalberto Menacho Pariqui, presentó recurso de reposición contra la providencia de 30 de noviembre de igual año, solicitando revocarla y conminar al Ministerio Público para que presente sus actos conclusivos. En dicho memorial solo firma Adalberto Menacho Pariqui pero no Manfredo Cacharana Guamaca (fs. 11 a 12).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado boliviano
- Fragmento 13
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la improcedencia de la acción de amparo constitucional cuando opera la subsidiariedad
- las autoridades judiciales
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- III.5. Otras consideraciones
- CONFIRMAR