SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0323/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0323/2017-S1

Fecha: 12-Abr-2017

III.5. Otras consideraciones

Se llama la atención al Juez de garantías por incumplir lo establecido en el art. 56 del CPCo, al advertir dilación en la tramitación de la presente acción de amparo constitucional; siendo que la subsanación de la demanda tutelar data del 29 de diciembre de 2016, debió inmediatamente emitir el Auto de admisión y no dilatarlo hasta el 5 de enero de 2017; fecha en la cual además señaló día y hora de audiencia para el 11 de igual mes y año; vale decir, que ésta se llevó adelante después de cuatro días de su señalamiento, inobservando el plazo de las cuarenta y ocho horas para su instalación.