SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0355/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0355/2017-S2

Fecha: 04-Abr-2017

i) cuáles fueron los motivos que determinaron la imposición de la detención preventiva; y, ii) cuáles los nuevos elementos de convicción que aportó el imputado para demostrar que ya no concurren los motivos que la determinaron o en su caso demuestren la conveniencia de que la medida sea sustituida por otra

Además, cabe referir que conforme se tiene del Fundamento Jurídico III. 3 del presente fallo, para resolver una solicitud de cesación a la detención preventiva esta debe ser el resultado del análisis ponderado de los dos elementos señalados por la jurisprudencia constitucional como: i) cuáles fueron los motivos que determinaron la imposición de la detención preventiva; y, ii) cuáles los nuevos elementos de convicción que aportó el imputado para demostrar que ya no concurren los motivos que la determinaron o en su caso demuestren la conveniencia de que la medida sea sustituida por otra; sin embargo, de la Resolución ahora analizada, se tiene que las autoridades demandadas no efectuaron dicho control sobre la resolución emitida por el Juez de Instrucción Penal Primero, tampoco aplicaron el mismo en relación a la emisión de su Resolución, puesto que a efectos de determinar si correspondía aceptar o rechazar dicha solicitud de cesación incoada por el ahora accionante, debieron referirse previamente a cuáles fueron los motivos que determinaron la imposición de la detención preventiva contenidos en la Resolución emitida el 17 de agosto de 2016 y en función a los nuevos elementos de convicción que el imputado aportó para determinar si concurrían o no los motivos señalados, debió llegarse a las conclusiones arribadas en el citado fallo.