SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0363/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0363/2017-S2

Fecha: 17-Abr-2017

II.6.

II.6.  Cursa la Circular TSJ-CM 08/2016 de 29 de febrero, emitida por los Presidentes del Tribunal Supremo de Justicia y del Consejo de la Magistratura, dirigido a los Presidentes de los Tribunales Departamentales de Justicia, relativo a la reasignación y distribución de causas a juzgados y tribunales en el marco del reordenamiento, equivalencia, asignación y ampliación de competencias, en la que entre otros aspectos, se indica que para la vigencia plena del Código Procesal Civil y el Código de las Familias y del Proceso Familiar, en previsión de la Ley 719, estableciendo que: “…Los juzgados de Partido e Instrucción Civil y Comercial y los Juzgados de Partido e Instrucción de Familia de las ciudades capitales y ciudades intermedias, que pasaron a ser Juzgados Públicos en las mismas materias, continuarán conociendo y tramitando sus causas que tenían bajo su conocimiento antes del 6 de febrero de 2016, hasta su conclusión en sujeción a la disposición Transitoria Cuarta Parágrafo II de la Ley 439 ‘Código Procesal Civil’, velando que los procesos pasen de manera ordenada a los Juzgados Públicos” (sic) (fs. 342 a 344).