SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0368/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0368/2017-S2

Fecha: 17-Abr-2017

el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar (...) comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos»

La SCP 0632/2013 de 28 de mayo, al respecto del alcance que tiene el debido proceso en el ámbito privado señala: “La jurisprudencia constitucional es uniforme al reconocer que además de derecho y garantía, el `debido proceso´ se constituye también en un principio. Así, la SC 0902/2010-R, indica que: «…el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar (...) comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos» (concordante con las SSCC 418/2000-R, 1276/2001-R y 0119/2003-R, entre otras).