Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0379/2017-S1
Fecha: 25-Abr-2017
II.2
II.2. Cursa acta de audiencia de consideración de medidas cautelares de 1 de agosto de 2012, realizada en el Juzgado de Instrucción Penal Primero del departamento de Pando, dentro del proceso penal seguido en contra del accionante por la presunta comisión del delito de hurto agravado; y, Auto Interlocutorio 180/2012 de idéntica fecha, emitida por René Zambrana Espinoza, Juez del indicado despacho judicial, disponiendo la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva en favor del impetrante de tutela (fs. 5 a 9 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- II.7
- II.8
- II.9
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2
- Fragmento 18
- III.3. La motivación y fundamentación de las resoluciones como obligación del juzgador
- Fragmento 20
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 22