SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0382/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0382/2017-S2

Fecha: 25-Abr-2017

no presentada”

El Juez Público de Familia Décimo Tercero del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución 004/2017 de 15 de marzo, cursante de fs. 456 a 459, mediante la cual tuvo por “no presentada” la acción de amparo constitucional; fallo asumido en base a lo siguiente: Que el peticionante de tutela no hubiera cumplido con lo establecido en el art. 33 del CPCo, en cuanto a los requisitos para la admisibilidad de la acción tutelar presentada, no obstante que se le concedió concedido el plazo para que subsane respecto de la legitimación pasiva; señalando que al respecto la vasta jurisprudencia constitucional es clara al indicar que se debe demandar tanto a la autoridad que actualmente ejerce el cargo para fines de responsabilidad institucional, así como a la ex autoridad para fines de la responsabilidad personal, de lo contrario la acción no prospera.