DECLARACION CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACION CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2017

Fecha: 10-May-2017

a)

a) Nivel Familiar, Comunitario y/o de Junta Vecinal: La familia y la articulación de varias familias se constituyen en el primer nivel y referente básico para definir la planificación y la ejecución de proyectos, rescatando sus usos y costumbres acordes con la visión del vivir bien. Sus demandas deberán ser consensuadas y establecidas en la Carpeta Comunal y los otros Planes. En la comunidad, OTB o junta vecinal, participan los pobladores de las comunidades originarias y/o juntas vecinales y/o, las juntas vecinales en el área urbana y las organizaciones sectoriales y/o funcionales. En este nivel se levantan las demandas, problemas y posibilidades de actividades y proyectos que se establecen en la Carpeta Comunal, como instrumento básico de planificación en el municipio, que será aprobada en Asamblea Comunal, proyectada para 5 años.

Cada comunidad deberá elaborar su Carpeta Comunal para insertar las demandas y/o proyectos al Plan Integral Municipal a corto, mediano y largo plazo, donde se puede incorporar el aporte de la comunidad y/o junta vecinal, constituyéndose en el instrumento básico para efectuar el seguimiento y evaluación de la gestión municipal desde la base comunal.

a)  Nivel Familiar, Comunitario y/o de Junta Vecinal: La familia y la articulación de varias familias se constituyen en el primer nivel y referente básico para definir la planificación y la ejecución de proyectos, rescatando sus usos y costumbres acordes con la visión del vivir bien. Sus demandas deberán ser consensuadas y establecidas en la Carpeta Comunal y los otros Planes. En la comunidad, o junta vecinal, participan los pobladores de las comunidades originarias y/o juntas vecinales y/o, las juntas vecinales en el área urbana y las organizaciones sectoriales y/o funcionales. En este nivel se levantan las demandas, problemas y posibilidades de actividades y proyectos que se establecen en la Carpeta Comunal, como instrumento básico de planificación en el municipio, que será aprobada en Asamblea Comunal, proyectada para 5 años.

Cada comunidad deberá elaborar su Carpeta Comunal para insertar las demandas y/o proyectos al Plan Integral Municipal a corto, mediano y largo plazo, donde se puede incorporar el aporte de la comunidad y/o junta vecinal, constituyéndose en el instrumento básico para efectuar el seguimiento y evaluación de la gestión municipal desde la base comunal.

a)  El Municipio, adoptará las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar la violencia de género y generacional, así como toda acción u omisión que tenga por objeto degradar la condición humana, causar muerte, dolor y sufrimiento físico, sexual o psicológico, tanto en el ámbito público como privado.