DECLARACION CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACION CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2017

Fecha: 10-May-2017

Artículo 51. Conflicto de intereses y Prohibiciones de las y los Concejales y las y los Concejales Representantes de las naciones y pueblos indígena originario campesinos.

Las y los Concejales, así como las y los Concejales Representantes de las naciones y pueblos indígena originario campesinos no podrán anteponer sus intereses privados ante los intereses públicos bajo pérdida de mandato y proceso administrativo. Así como incurrir en las demás prohibiciones contempladas en el artículo 236 de la Constitución Política del Estado.”.