SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2017
Fecha: 31-May-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Dentro de la demanda de desalojo interpuesta por Ayda Coca Alonzo en contra de Ricardo Montaño López y Erwin Rolando Enríquez Paichucama; Julián Romero Gómez, Secretario Ejecutivo de las Comunidades Interculturales de San Julián; Víctor Carreño Zarate, Presidente de la comunidad Núcleo 30 “Sagrado Corazón” de la provincia Ñuflo de Chávez, sección cuarta, Cantón San Julián del departamento de Santa Cruz, solicitaron al Juez de la causa se inhiba de conocerla y remita antecedentes a su comunidad; debido a que la demandante el 30 de marzo de 2015, habría reconocido que respecto al lote 8 del comunario José Masai Bailaba, no habría cancelado monto alguno; razón por la que mediante Voto Resolutivo de 22 de mayo de 2015, la indicada comunidad habría designado a Ricardo Montaño López, como apoderado para ese fin, y que solo es el propietario quien podrá ingresar a esa parcela; sin embargo, el señalado Juez, declaró “denegar” (sic), la solicitud de inhibitoria formulada por Víctor Carreño Zárate, por tener competencia dentro del proceso de desalojo, al amparo de lo previsto por los arts. 191.II de la CPE y 10.II de la LDE, al no ser el objeto de la demanda de derecho propietario colectivo de la comunidad, por lo tanto fuera de las competencias de la jurisdicción indígena originaria campesina.
- conflicto de competencias jurisdiccionales
- I.1.Contenido del conflicto de competencias
- I.1.1. Hechos que motivan el conflicto de competencias
- a)
- I.1.3. Admisión y notificaciones
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Artículo 101.
- o en su caso que cada una asuma competencia dentro del mismo caso, evidenciándose de esas resoluciones el conflicto de competencias que habilita a este Tribunal a conocer el caso concreto.
- III.2. De los ámbitos de vigencia concurrentes en la jurisdicción indígena originaria campesina
- Derecho Agrario, excepto la distribución interna de tierras en las comunidades que tengan posesión legal o derecho propietario colectivo sobre las mismas;
- se aplica a las relaciones y hechos jurídicos que se realizan o cuyos efectos se producen dentro de la jurisdicción de un pueblo indígena originario campesino
- III.4. Análisis del caso concreto
- COMPETENTE