SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0389/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0389/2017-S3

Fecha: 09-May-2017

III.3. Análisis del caso concreto

Los accionantes denuncian la vulneración de sus derechos alegados en la presente acción tutelar, porque conforme la oferta de doble titulación, se inscribieron y cursaron la Carrera de Ingeniería Mecánica Automotriz y Autotrónica; sin embargo, la UDI les comunicó la imposibilidad para emitir el título ofertado, ya que solo tenían autorizada la apertura y funcionamiento del programa académico de la Carrera de Ingeniería Mecánica. Señalan que el 21 de abril de 2016, luego de haber reclamado por tal situación, Kevin Justiniano Soruco y Rodrigo Camacho Sandoval -ahora accionantes- fueron convocados de manera verbal a una reunión, en la que negaron la comisión de actos ilícitos; empero, sin haber sido sometidos a un proceso administrativo estudiantil ni asumir defensa, fueron expulsados y suspendidos de dicha Universidad respectivamente. Respecto a Jorge Eduardo Domínguez Balcázar, manifestaron que junto a otros estudiantes de la citada Universidad fue expulsado de sus aulas sin explicación alguna.

Considerando que el 27 de mayo de 2016, la UDI publicó un Comunicado prohibiendo el ingreso a clases de los ahora accionantes ni desarrollar actividad académica alguna hasta que se defina su situación jurídica; en la misma fecha Jorge Eduardo Domínguez Balcázar y otros estudiantes solicitaron información sobre el motivo de su expulsión, sin recibir respuesta alguna, y el 10 de igual mes y año, Kevin Justiniano Soruco y Rodrigo Camacho Sandoval interpusieron recurso de revocatoria y solicitaron la nulidad de la Resolución de 29 de abril del citado año, impugnación que fue declarada improcedente conforme al ordenamiento jurídico vigente.

Como resultado de una denuncia que interpusieron ante el Ministerio de Educación por la comisión de infracciones graves de la UDI, fue emitida la RM 830 de 12 de diciembre de 2016, que impuso sanciones a la citada Universidad por modificación arbitraria del denominativo del programa académico legalmente autorizado como Ingeniería Mecánica, la vulneración al Reglamento General de Universidades Privadas y la suscripción de convenios con la “Universidad Pontificia de Chile”, sin conocimiento ni aprobación por el Ministerio de Educación.

Mediante Informe Técnico Legal IN/VESP/DGESU 707/2016 de 13 de octubre se habría considerado la expulsión de Kevin Justiniano Soruco -ahora accionante- con vulneración de sus derechos a la defensa y al debido proceso, por cuanto luego de haber sido requerida a la UDI la remisión del proceso disciplinario, se verificó la falta de acreditación de las pruebas de cargo y descargo, la notificación formal al estudiante con el inicio del procedimiento administrativo ni las pruebas que generaron convicción para disponer la suspensión y expulsión del antes nombrado.