SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0395/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0395/2017-S3

Fecha: 12-May-2017

al no haberse atendido en forma oportuna la audiencia de medidas cautelares ante el Juez de origen y por consiguiente no resolverse su situación jurídica

El proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Nohemy Esther Cámara Manco contra Jesús Gustavo Fernández Gutierrez, Marco Hernán Cámara Rodríguez y otros, se desarrolla de forma injusta, ilegal y de trato diferente, al no haberse atendido en forma oportuna la audiencia de medidas cautelares ante el Juez de origen y por consiguiente no resolverse su situación jurídica, puesto que la imputación emitida en su contra fue presentada el 27 de enero de 2017 a horas 17:50, en ese sentido dicha autoridad basándose en un acuerdo de la Asociación de Magistrados de La Paz (AMALAP) remitió la causa ante el Juez de turno semanal, bajo el argumento de tener una audiencia de acción de libertad, recayendo ante la Jueza de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia Hacia la Mujer Cuarta de la Capital del departamento de La Paz, quien la recibió el 28 de igual mes y año, señalando audiencia recién para el 29 del mismo mes y año, por lo que no se cumplió con el plazo establecido en el párrafo segundo del art. 226 del Código de Procedimiento Penal (CPP).