SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0395/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0395/2017-S3

Fecha: 12-May-2017

Fragmento 7

Jorge Martin Castillo Muñoz, Juez de Instrucción Penal Noveno de la Capital del departamento de La Paz, a través de informe presentado el 16 de marzo de 2017, cursante a fs. 25 y vta., indicó que: i) El 27 de enero de 2017 a horas 17:50 aproximadamente, se habría presentado una imputación formal con aprehendido; sin embargo, su persona se encontraba imposibilitado de realizar la audiencia de medidas cautelares puesto que tenía una audiencia de acción de libertad dentro del proceso caratulado Ministerio Público contra Medinacelli en el Juzgado de Sentencia Penal Primero, habiéndose prolongado la misma, motivo por el cual ordenó la remisión de la imputación formal al Juzgado de turno correspondiente, así el Juzgado de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia Hacia la Mujer Cuarto de la Capital del departamento de La Paz, llevo a cabo la audiencia de medidas cautelares, emitiéndose Resolución que fue apelada; ii) El mencionado Juzgado fue el que remitió el correspondiente legajo de apelación, el cual le fue devuelto por el Tribunal de alzada, observado el viernes 10 de marzo de 2017 a su juzgado, con un proveído de 13 de igual mes y año, indicando que por Secretaria se subsanen las omisiones extrañadas y posteriormente se remita el legajo a la Sala Penal Primera conforme establece el Instructivo “001/2016-ST-TDJ”; y, iii) El 14 del citado mes y año ingreso nuevamente el legajo de apelación con el informe de la Secretaria de su Juzgado señalando que la Resolución original se encontraba de igual manera ilegible, por lo que no se puede subsanar lo observado y a fin de no dilatar el proceso el 15 de ese mes y año, ordenó que se remitan los actuados originales para su correspondiente valoración y se resuelva la apelación.