Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0416/2017-S3
Fecha: 12-May-2017
II.6.
II.6. Por Nota OF.EXP.JRH-UAJ 034/2017 de 22 de febrero, el Jefe de RR.HH. del Gobierno Autónomo Municipal de Riberalta puso en conocimiento del Asesor General de Asuntos Jurídicos de la referida entidad municipal que el cargo de Operador de Maquinaria Pesada 15 que ocupaba el ahora accionante, desapareció del POA 2017 debido al recorte presupuestario, adjuntando copia de dicho plan operativo, así como la planilla presupuestaria de la referida gestión (fs. 60 y 61).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La abstracción al principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional cuando se demande la protección al trabajador padre progenitor
- III.2. De la protección constitucional del trabajador padre progenitor
- III.3. La tutela por inamovilidad laboral opera aún sin aviso al empleador sobre la situación del embarazo
- El Subsidio PRENATAL, consistente en la entrega a la madre gestante asegurada o beneficiaria, de un pago mensual en dinero o especie, equivalente a un salario mínimo nacional durante los cinco últimos meses
- el deber de acatar estrictamente la provisión de las asignaciones familiares, por el empleador, permitirá la materialización del derecho a la seguridad social de la madre y del recién nacido, que se concreta en los derechos a la vida y a la salud. Lo contrario, implicaría vulnerar el contenido esencial de ambos derechos, sea destruyendo o debilitándolos, por la falta de provisión oportuna de asignaciones familiares, que por ley se encuentran previstas y como se dijo son de cumplimiento obligatorio para el empleador, dada la finalidad de los mismos
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.5.1. Con relación a la inamovilidad laboral del padre progenitor
- III.5.2. En cuanto a la cancelación del subsidio prenatal
- Fragmento 20
- III.5.3. Respecto al pago de salarios devengados
- conceder en parte