SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0419/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0419/2017-S1

Fecha: 12-May-2017

“… propósito de la acción de libertad innovativa es evitar que en un futuro se repitan y reproduzcan actos contrarios a la eficacia y vigencia a los derechos a la vida, libertad física y de locomoción”

La Directora Departamental de Régimen Penitenciario de La Paz tiene también responsabilidad porque no hizo nada por resolver el problema de transporte de los internos de la aludida Penitenciaria, ubicado en una zona alejada de los centros hospitalarios, conforme manda los arts. 54.I 90 y 92 de la Ley de Ejecución Penal y Supervisión (LEPS), la SCP 0257/2012 de 29 de mayo, SC 1580/2011-R de 11 de octubre, dado que tiene que verificar el buen funcionamiento de los establecimientos penitenciarios del departamento. Asimismo, hizo referencia a la SCP 1129/2015-S2 de 6 de octubre, que hace mención a la SCP 0585/2013 de 21 de mayo,              SCP 0103/2012, alegando que el “… propósito de la acción de libertad innovativa es evitar que en un futuro se repitan y reproduzcan actos contrarios a la eficacia y vigencia a los derechos a la vida, libertad física y de locomoción” (sic).

Finalmente, señaló que con manipulaciones respecto al diagnóstico de médicos públicos especialistas que llevaron a la negación de la gravedad de sus problemas de salud, y el reiterado rechazo de salidas a un control médico a pesar de la debida autorización judicial se afectaron sus derechos fundamentales.