Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0419/2017-S1
Fecha: 12-May-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante sin mandato, denuncia la vulneración de sus derechos a la vida e integridad física; por cuanto, a pesar de tener autorización del juez de ejecución penal, a salidas médicas en 2016, no fue trasladado al Hospital de Clínicas Universitario debido a la carencia de vehículos para los privados de libertad, habiendo sido conducido algunas veces en el vehículo del personal administrativo del recinto.
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- “pielonefritis renal crónica”
- “… propósito de la acción de libertad innovativa es evitar que en un futuro se repitan y reproduzcan actos contrarios a la eficacia y vigencia a los derechos a la vida, libertad física y de locomoción”
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.3. Permiso de salidas judiciales por motivos de salud
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR