Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0419/2017-S1
Fecha: 12-May-2017
II.3.
II.3. Margarita Torrez Caviña, Trabajadora Social de la Penitenciaria de San Pedro de Chonchocoro de La Paz mediante Informe Social CITE/ A.T.S.R.P.S.P.CH. 36/2016 de 27 de abril, señala que de acuerdo a informe médico la impresión diagnóstica del privado de libertad es: “HIPERPLACIA BENIGNA DE PROSTATA a DC, PROSTATITIS, ITU” (sic.), por lo que requiere habilitar el convenio con el Hospital de Clínicas Universitario (fs. 2 a 10).
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- “pielonefritis renal crónica”
- “… propósito de la acción de libertad innovativa es evitar que en un futuro se repitan y reproduzcan actos contrarios a la eficacia y vigencia a los derechos a la vida, libertad física y de locomoción”
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.3. Permiso de salidas judiciales por motivos de salud
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR