Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0423/2017-S2
Fecha: 02-May-2017
II.1.
II.1. A través de una nota de 16 de febrero de 2017, dirigida al Comandante de la Policía Boliviana, Eliana Ventura Quiroz -accionante- le hace conocer entre otras circunstancias, que Víctor Alfonso Chambi Mamani al enterarse que ella estaba embarazada, le habría entregado unas pastillas para que aborte y la amenazó con usar su arma si es que ella no dejaba de decir que él era el padre de su hijo; en ese sentido, pidió que se ordene al mencionado en su calidad de funcionario policial, a que entregue su arma de fuego a la institución para que esté en custodia y no pueda y no siga amenazándola con quitarle la vida a ella y a su hijo (fs. 10 a 11).
- acción de libertad
- I.1.1
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- la acción de libertad puede ser presentada por toda persona ‘que considere que su vida está en peligro’, sin condicionar la procedencia de esta acción a la vinculación con el derecho a la libertad física o personal
- la justicia constitucional la que deberá analizar si realmente se está ante una lesión o peligro directo al derecho a la vida tutelable a través de la acción de libertad,
- No obstante, las características singulares que conciernen a la protección al derecho a la vida, éstas, no exoneran a la parte accionante de la carga probatoria que debe cumplir para sustentar los hechos denunciados como vulneratorios a ese derecho primario
- III.2.
- CONFIRMAR en todo