Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0423/2017-S2
Fecha: 02-May-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante considera lesionado su derecho a la vida, señalando que a raíz de su embarazo, fue víctima de agresiones, insultos y amenazas de muerte con arma de fuego por parte del progenitor de su hijo, quien además le habría dado pastillas para que aborte; motivo por el que denunció este hecho ante el Comando General de la Policía Boliviana y ante la Fiscalía Departamental de La Paz, instancias en las que los funcionarios respectivos demoraron el tratamiento de sus denuncias y no tomaron las medidas adecuadas, poniendo en riesgo su vida y la de su hijo.
- acción de libertad
- I.1.1
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- la acción de libertad puede ser presentada por toda persona ‘que considere que su vida está en peligro’, sin condicionar la procedencia de esta acción a la vinculación con el derecho a la libertad física o personal
- la justicia constitucional la que deberá analizar si realmente se está ante una lesión o peligro directo al derecho a la vida tutelable a través de la acción de libertad,
- No obstante, las características singulares que conciernen a la protección al derecho a la vida, éstas, no exoneran a la parte accionante de la carga probatoria que debe cumplir para sustentar los hechos denunciados como vulneratorios a ese derecho primario
- III.2.
- CONFIRMAR en todo