Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0423/2017-S2
Fecha: 02-May-2017
II.4.
II.4. Cursa una certificación de 21 de febrero de 2017, emitida por el Jefe de la División del Sistema Informático del Departamento Nacional de Armamento y Equipo, por el que certifica que Víctor Alfonso Chambi Mamani no recibió dotación de arma de fuego reglamentario de la Policía Boliviana; asimismo, certifica que éste tampoco registra en la base de datos de los funcionarios policiales que adquirieron armas de fuego con sus propios recursos para uso policial; finalmente, señala que el mencionado no se encuentra en el Registro Clasificado de Armas de Fuego, Municiones y Explosivos de Uso Policial “REACUP” (fs. 111).
- acción de libertad
- I.1.1
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- la acción de libertad puede ser presentada por toda persona ‘que considere que su vida está en peligro’, sin condicionar la procedencia de esta acción a la vinculación con el derecho a la libertad física o personal
- la justicia constitucional la que deberá analizar si realmente se está ante una lesión o peligro directo al derecho a la vida tutelable a través de la acción de libertad,
- No obstante, las características singulares que conciernen a la protección al derecho a la vida, éstas, no exoneran a la parte accionante de la carga probatoria que debe cumplir para sustentar los hechos denunciados como vulneratorios a ese derecho primario
- III.2.
- CONFIRMAR en todo