SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0453/2017-S1
Fecha: 31-May-2017
I.2.1. Ratificación de la acción de amparo constitucional
La parte accionante, en audiencia indicó que a pesar de que la prueba producida en el proceso penal seguido en contra el menor AA, no demuestra la existencia del delito atribuido hacia éste, ni su participación; empero, la Jueza de primera instancia dictó la referida Sentencia condenatoria imponiéndole una medida socio-educativa de tres años y cuatro meses de privación de libertad, denotando una incorrecta e indebida valoración de la prueba, con ausencia de objetividad y razonabilidad, lesionando el debido proceso, por lo que se incurrió en irregularidades que a pesar de ser denunciadas no fueron subsanadas por el Tribunal de alzada, poniendo en riesgo la libertad del referido menor, toda vez que se desconoció que una sola prueba no puede fundar un fallo, como en el caso, siendo que se le condenó por una declaración y un informe psicosocial de denuncia, en los cuales no se evidencia el ilícito investigado, cuando de acuerdo a la prueba científica se demostró la inexistencia del hecho.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción de amparo constitucional
- 1)
- concedió en parte
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 14
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- a la jurisdicción constitucional no le corresponde juzgar el criterio jurídico empleado por otros tribunales para fundar su actividad jurisdiccional, pues ello implicaría un actuar invasivo de las otras jurisdicciones
- posteriormente vía jurisprudencia se determinó que la errónea interpretación debe ser invocada por el accionante a efectos de abrir la jurisdicción constitucional para la verificación de la actividad interpretativa de la jurisdicción común
- i)
- resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución, a saber en tres dimensiones distintas: a) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; b) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, c) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales
- III.4. Análisis en el caso concreto
- REVOCAR